Cultura depaz y sana convubencia
1. INTRODUCCIÓN
En la actualidad, la complejidad de nuestra sociedad y los constantes cambios a los que se ve sometida han puesto de relieve la
urgencia y pertinencia de repensar los objetivos de la educación en relación, principalmente, con lo que es necesario aprender para el ejercicio
de la ciudadanÃa y, en concreto, sobre cómo este ejercicio, consciente y activo, crÃtico y alternativo, individual y colectivamente asumido,
puede contribuir eficazmente a construir una sociedad cada vez más cohesionada, justa, pacÃfica y solidaria. La ciudadanÃa, ser ciudadano,
entraña un vÃnculo determinado de unas personas con otras a través del reconocimiento de unos derechos y obligaciones ciudadanas (status
legal), la responsabilidad contraÃda en dicha relación (status moral) y el sentido de pertenencia al grupo desde el respeto a la diversidad
cultural (identidad intercultural) en el seno de una sociedad abierta, compleja, plural y multicultural. De ahà que la educación como derecho
humano que es, no pueda ignorar su dimensión ética y social; por ello, los sistemas educativos en general, y los centros educativos, en
concreto, están obligados a desarrollar en cada persona la capacidad de participar activamente, durante toda la vida, en un proyecto de
sociedad, un proyecto de una persona con otras, individual y colectivo, particular y universal. Es decir, la educación forma para adquirir
ciudadanÃa, ese rasgo esencial que caracteriza a los miembros de una comunidad que favorecen la convivencia pacÃfica (justicia social), se
comportan según unos valores acordados o ética de mÃnimos (derechos humanos) y participan activa y públicamente en la búsqueda de
soluciones alternativas y posibles a las distintas problemáticas sociales. Desde este punto de vista, polÃtica y educación comparten una misma
orientación ética. De hecho, la polÃtica parte siempre de los valores personales y sociales traducidos en necesidades, intereses y expectativas
comunes para orientar sus acciones. En este sentido, hay que señalar que la polÃtica educativa pretende modificar las prácticas docentes y, por
el contrario, éstas influyen sobre las decisiones institucionales. Por otro lado, las decisiones polÃticas encuentran su marco de justificación en el
pensamiento pedagógico, orientando las normas y las decisiones administrativas que actúan sobre las prácticas educativas. Pero, en dirección
inversa, las prácticas educativas constituyen un cúmulo de experiencias que conforman modelos orientadores para dichas polÃticas. En ambas
esferas, polÃtica y práctica educativa, tres son las dimensiones de la educación, parafraseando a Santos Guerra (2002), que no deben ignorarse:
el discurso y construcción de los valores que guÃan y se encarnan en las prácticas educativas (la educación es un fenómeno moral); la
construcción de conocimientos y el uso adquirido de estos al servicio de los valores y de la sociedad (la educación es un fenómeno ideológico); y
la capacidad de los centros para perpetuar las desigualdades o, por el contrario, servir de instrumento de transformación para alcanzar un
mundo mejor (la educación es un fenómeno polÃtico).
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Partiendo de los anteriores presupuestos, el propósito de este trabajo es, en primer lugar, presentar algunas cuestiones teóricas sobre
la importancia de la Educación para la Cultura de Paz, los requisitos mÃnimos que debieran satisfacer aquellas polÃticas que adopten la
promoción de la Cultura de Paz desde una perspectiva holÃstica y los enfoques adoptados en los programas nacionales e internacionales. En
segundo lugar, en el marco de la experiencia realizada en AndalucÃa, examinar el alcance de las medidas desarrolladas, asà como presentar un
modelo de matriz que evalúe el grado de cumplimiento de la normativa más reciente en las prácticas educativas.
2. CONSIDERACIONES SOBRE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA DE PAZ
Existe amplio consenso internacional en considerar que la educación a todos los niveles es uno de los medios fundamentales para
edificar una cultura de paz, siendo, en ese contexto, de particular importancia la educación en la esfera de los derechos humanos1. En este
apartado, abordaremos algunos contenidos básicos en relación al derecho a la educación y la cultura de paz: La visión holÃstica de los derechos
humanos y de su educación; el derecho humano a la paz contenido básico del derecho a la educación; y, los requisitos esenciales para una
educación para la cultura de paz, los derechos humanos y la inclusión social.
2.1 La visión holÃstica de los derechos humanos y de su educación.
Como ha señalado UNESCO2, los acontecimientos internacionales que se están produciendo en todo el mundo han demostrado que
deberÃa ampliarse la definición tradicional de la educación de calidad, debiéndose sustentar en un enfoque holÃstico basado en los derechos
humanos y abarcar, además, cuestiones tales como la diversidad cultural, el plurilingüismo en la educación, la paz y la no violencia, el
desarrollo sostenible y las aptitudes para desenvolverse en la vida, entre otras. Una educación de calidad basada en los derechos humanos
significa que éstos se ponen en práctica en todo el sistema educativo y en todos los contextos de aprendizaje. Significa asimismo que el
sistema educativo está orientado hacia la adquisición de unos valores humanos que permitan la consecución de la paz, la cohesión social y el
respeto de la dignidad humana. Ello exige, como se está realizando en muchos paÃses, la reforma de los sistemas nacionales de educación o, en
su defecto la aplicación de Planes Nacionales de Derechos Humanos, para introducir un cambio fundamental en las estructuras educativas, la
gestión del sistema educativo, las prácticas didácticas, la revisión y adaptación del material pedagógico y la adecuada preparación del
profesorado. La visión holÃstica de los derechos humanos fue reconocida internacionalmente en la Conferencia Mundial de Derechos
Humanos, celebrada en Viena en 1993, adoptándose la Declaración y el programa de acción en cuyo texto se afirma que todos los derechos
humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sÃ. Añadiendo que la democracia, el desarrollo y el
respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales son conceptos interdependientes que se refuerzan mutuamente. Esto
supuso el reconocimiento no sólo de las distintas generaciones de los derechos humanos tratadas en distintos instrumentos internacionales y
1 Art.4 de la Resolución 53/243 de Naciones sobre la Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz.
2 Nos referimos a la obra “UNESCO y educación para los derechos humanos”. En Internet a fecha del 25 de agosto de 2009: http://unesdoc.unesco.org/images/0013/001318/131836s.pdf
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regionales, y que han sido abordadas en distintas conferencias mundiales desde la década de los noventa del siglo pasado, sino la adopción de
este nuevo enfoque al considerar que la educación, la capacitación y la información pública en materia de derechos humanos son
indispensables para establecer y promover relaciones estables y armoniosas entre las comunidades y para fomentar la comprensión mutua, la
tolerancia y la paz (Declaración y Programa de Acción de Viena, Parte II. D, Párr. 78).
Parafraseando a Estévez Araujo (1998), los seres humanos son titulares de derechos porque tienen dignidad. En este sentido, la
dignidad podrÃa ser considerada como el “derecho a tener derechos”. Uno de estos derechos es el derecho a la educación y a ser educados en
derechos. El reconocimiento internacional del derecho a la educación reconoció al mismo tiempo el derecho de ser educados en los derechos
humanos. El propio preámbulo de la DUDH lo reconoce y le da “partida de nacimiento”: “La Asamblea General proclama la presente
Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto
los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a
estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación
universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción”.
Puede afirmarse por consiguiente no sólo que la educación es un derecho y, a la vez, condición necesaria para que todos los derechos
humanos se hagan efectivos en la vida social, sino además que los derechos humanos constituyen el contenido y la meta del derecho a la
educación, al establecerse en el Art.26, inciso 2 de la DUDH que “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana
y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad
entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el
mantenimiento de la paz”.
Como ha señalado Ana MarÃa Rodino (2009), las nociones de educación y derechos humanos se vinculan entre sà en varios sentidos,
como verdaderos vasos comunicantes por los que fluyen propósitos compartidos, espacios de acción comunes y conexiones axiológicas y
epistemológicas. Vinculaciones que al menos se da en tres dimensiones:
1. La educación es un derecho humano: el derecho a la educación, tal como está consagrado en la Declaración Universal (Art. 26) y
reiterado en muchos otros instrumentos de derechos humanos posteriores.
2. Los derechos humanos son contenido de la educación, es decir, como parte del currÃculo que se enseña en distintos niveles y
programas educativos (lo que la teorÃa pedagógica denomina “currÃculo explÃcito”).
3. Los derechos humanos exigen su respeto dentro del sistema educativo, es decir, en la gestión educativa y en la práctica diaria dentro
de los establecimientos educativos (lo que la teorÃa pedagógica llama “currÃculo oculto”).
El derecho a la educación es, pues, un derecho que “empodera”; es decir, da poder a las personas para desarrollarse como tales y para
contribuir al desarrollo de la sociedad. Pero además, es un derecho clave, pues favorece su capacidad para disfrutar de otros derechos
humanos, por ejemplo, del derecho al trabajo, del derecho a la salud, del derecho a la información, del derecho a participar en la vida cultural
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del paÃs, etc. En este sentido, el derecho a la educación ejemplifica los principios de indivisibilidad y de interdependencia de todos los derechos
humanos y participa del enfoque holÃstico.
2.2 El derecho humano a la paz contenido básico del derecho a la educación y fuente de valores.
La educación es considerada como uno de los instrumentos más valiosos para hacer prevalecer el derecho humano a la paz. Por ello,
los organismos internacionales pusieron desde su creación especial interés en dotar al derecho a la educación de unas finalidades y contenidos
explÃcitos, ejemplo de ello, ha sido la DUDH (Art.26.2). Si bien el concepto de paz incluido en esta declaración es restringido, por cuanto su
referencia hace alusión a las actividades de Naciones Unidas exclusivamente y no a la forma de construir la paz. Sin embargo, su posterior
complementación con otros textos evidencia “como la educación no es concebida sólo como un fin en sà misma sino, esencialmente, como un
instrumento para la paz, la comprensión y la tolerancia” (Expósito, 1998). Para algunos juristas internacionales la Declaración sobre el fomento
entre la juventud de los ideales de paz, respeto mutuo y comprensión entre los pueblos, aprobada por la Asamblea General en diciembre de
1965 constituye un importante referente en relación con el derecho humano a la paz. Su Principio Primero es muy interesante por cuanto
establece una relación directa entre los contenidos y la forma de la educación con un carácter universalista (“La juventud debe ser educada en
el espÃritu de la paz, la justicia, la libertad y el respeto y la comprensión mutuos”) y los fines que persigue: “promover la igualdad de derechos
de todos los seres humanos y de todas las naciones, el progreso económico y social, el desarme y el mantenimiento de la paz y la seguridad
internacionales”. Además indica que esta educación no debe restringirse al marco de las instituciones educativas pues corresponde también
esta tarea, entre otros agentes educativos, a las familias, a las organizaciones de jóvenes y a los medios de comunicación.
En definitiva, la noción de dignidad humana y las conexiones conceptuales de los derechos humanos con los de paz, desarme,
desarrollo humano sostenible, y por ende, con democracia, en tanto que son conceptos interdependientes, nos lleva a concluir (Tuvilla, 2004;
Jares, 2006) que los derechos humanos hacen referencia y requieren tanto de unas determinadas condiciones sociales, polÃticas y
económicas, como en segundo lugar, de un nuevo tipo de cultura, la cultura de la paz. Una cultura que requiere lineamientos polÃticos
concretos y experiencias y prácticas educativas especÃficas. En definitiva de una educación que asuma, como no puede ser de otra forma, el
enfoque holÃstico, integrado o global de los derechos humanos tal como se recoge en el punto cinco del Plan de acción integrado sobre
Educación para la paz, los Derechos Humanos y la Democracia, aprobado por la Conferencia General de la UNESCO en su 28ª reunión en
noviembre de 1995, “todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están interrelacionados”. Y por otro lado,
se constituya en uno de los medios fundamentales para edificar esa cultura de paz, caracterizada por la convivencia y la participación y
sostenida por los principios de libertad, justicia social, democracia, tolerancia y solidaridad, que rechaza la violencia, se dedica a prevenir los
conflictos en sus raÃces y busca soluciones positivas y alternativas a los grandes desafÃos del mundo moderno. Cultura que se refleja y se inspira
en el conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida que fomentan y permiten el ejercicio del derecho a la paz
de los individuos, los grupos y las naciones.
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Podemos considerar, por otro lado, que el derecho humano a la paz, sÃntesis de derechos, constituye el fundamento de la promoción
de la cultura de paz y es fuente de valores éticos. En este sentido, el “Manifiesto 2000”, redactado por un grupo de premios Nobel, contiene
los seis principios clave que definen la Cultura de Paz y que resumen, para nuestro propósito, los valores mÃnimos para crear espacios de paz
en los centros docentes. (Tabla)
PRINCIPIOS/VALORES DEFINICIÓN OBJETIVOS EDUCATIVOS ASOCIADOS
Respetar la vida
Presupuesto básico del catálogo de los
derechos humanos, sin el cual no es
posible el ejercicio de los demás
derechos.
— Descubrir, sentir, valorar y confiar en las capacidades personales y colectivas que conforman la realidad y el clima de los centros
educativos.
— Desarrollar la afectividad, la ternura y la sensibilidad hacia las personas del medio social cercano, y también a nivel universal,
favoreciendo el encuentro con los otros y valorando las diferencias (sexo, edad, raza, religión, nacionalidad...) como algo enriquecedor.
— Favorecer una actitud crÃtica, solidaria y comprometida frente a situaciones que vulneren los derechos humanos.
— Valorar la convivencia pacÃfica, favoreciendo la cooperación y la responsabilidad compartida.
Rechazar la violencia
Implica tanto el rechazo explÃcito de la
violencia como
la prevención de su aparición.
— Rechazar el uso de la fuerza, la violencia o la imposición resolviendo los conflictos de forma constructiva y creativa, a través del diálogo, el
acuerdo, la negociación...
— Reconocer la propia agresividad y canalizarla constructivamente a través de actividades que favorezcan el bien común.
— Promover relaciones de diálogo, de paz y de armonÃa en el ámbito escolar.
— Reconocer y tomar conciencia de las situaciones de conflicto que pueden presentarse, descubriendo y reflexionando sobre sus causas y
buscando formas de resolución no violenta de las mismas.
Compartir con los
demás
La cultura de paz es por esencia una
cultura de la cooperación. Compartir
con los demás implica enfatizar la
cooperación como método pedagógico,
y remite a la participación.
— Plantear actividades que fomenten compartir conocimientos, recursos, materiales…
— Proporcionar experiencias de cooperación, de solidaridad y responsabilidad, que favorezcan el aprendizaje de las capacidades asociadas a
ellas.
— Mejorar las relaciones interpersonales dentro del contexto escolar.
— Favorecer el trabajo en equipo, el reparto de tareas, la colaboración y la búsqueda compartida de soluciones a los problemas.
Escuchar para
entender
Para dialogar se requiere capacidad de
escucha activa.
El diálogo sincero y sin temores implica
tolerancia y el respeto a las diferencias
como clave esencial de la democracia.
— Promover el diálogo y el consenso como forma de resolver los conflictos.
— Desarrollar el sentimiento de pertenencia a la humanidad.
— Promover el reconocimiento de la dignidad de toda persona y el respeto a las creencias y formas de vida de cada individuo.
— Tomar conciencia de que la uniformidad y la imposición sólo llevan a la pobreza intelectual y a la pérdida de la libertad.
— Entender la tolerancia como un estilo y forma de vida.
Conservar el planeta La definición de paz lleva implÃcita una
estrecha relación
entre el concepto de desarrollo humano
sostenible, la democracia y el respeto
por los derechos humanos. Respetar y
cuidar a todos los seres vivos del
planeta.
— Sensibilizar ante los problemas ambientales.
— Tomar conciencia del efecto de nuestros comportamientos sobre el equilibrio del entorno, favoreciendo un clima y cultura del centro
basado en los principios éticos medioambientales.
— Mejorar y disfrutar de los espacios naturales del centro educativo, fomentando su conservación y el respeto de la naturaleza
— Favorecer experiencias socio‐comunitarias orientadas a mejorar la capacidad de analizar las actitudes y los comportamientos ambientales
a la vida cotidiana escolar, familiar y social.
Redescubrir la
solidaridad
La solidaridad adquiere en la
actualidad un significado ético que
designa la convicción de que cada
persona debe sentirse responsable de
todos los demás como requisito que nos
ayuda a vivir mejor unos con otros, en
un encuentro necesario y libre, en el
que cada cual gracias a la cooperación,
el desinterés y la generosidad, ofrece lo
mejor de sà para el bien de la
comunidad, a la vez, que desarrolla
también todas sus potencialidades.
— Una educación pro‐social y para la convivencia orientada a constituir un esfuerzo individual y colectivo capaz de contrarrestar la cultura
de la violencia (directa, cultural y estructural) y de consolidar una nueva manera de ver, entender y vivir el mundo.
— Una educación que favorezca una convivencia humana sin exclusiones basada en las relaciones igualitarias entre hombres y mujeres.
— Una educación del cuidado y de la ternura que supere las dinámicas destructivas y desnaturalice todo tipo de violencia
— Una educación resuelta a satisfacer las necesidades humanas básicas y a movilizarse a favor de la cultura de paz; que democratice el
conocimiento y permita el acceso de todos a la información como exigencia para el ejercicio de una ciudadanÃa verdaderamente
democrática; y configure un orden mundial basado en la seguridad humana.
— Una educación para la crÃtica y la responsabilidad ligada al reconocimiento del valor del compromiso ético, de la asociación con los demás
para resolver problemas y trabajar por una comunidad mundial justa, pacÃfica y democrática.
Tuvilla Rayo, J (2003): Valores mÃnimos para crear en la escuela, espacios de paz. En AAVV: Actas del I Congreso Hispanoamericano de educación y Cultura de Paz. Universidad de Granada, Granada.
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2.3 Requisitos para una educación para la cultura de paz y la inclusión social
En la actualidad, la Cultura de Paz3 se erige en criterio de calidad de los sistemas educativos contemporáneos (Sánchez, 2005), a la vez que
plantea la redefinición de polÃticas educativas desde el paradigma de una concepción amplia de la educación inclusiva. Es decir, una educación
que pretende la participación integral de todos los protagonistas de un aprendizaje permanente a lo largo de la vida, que enseña actitudes y
comportamientos de tolerancia y que constituye, consecuentemente, un instrumento que permite construir una sociedad cada vez más justa,
igualitaria, solidaria y pacÃfica. Y ello, porque la construcción de la Cultura de Paz exige centrar los esfuerzos en una educación de calidad en
igualdad y en la inclusión social desde dos acciones paralelas: Desde una mejor comprensión de las situaciones de exclusión social que
representan un obstáculo a la realización plena del derecho humano a la paz; y desde la elaboración de polÃticas integradas que eliminen los
obstáculos a la participación de los individuos y grupos en situación de discriminación, marginalización y exclusión, entre cuyas principales
lÃneas prioritarias de acción se encuentra la promoción de buenas prácticas de educación inclusiva. En definitiva, de poner en valor, a través de
la educación como proceso global de la sociedad, la ciudadanÃa plural (De Lucas, 2001) que exige el reconocimiento del derecho a la diversidad
cultural. Para ello, entiendo que, al menos, han de satisfacerse tres requisitos previos.
2.3.1 Primer requisito: el derecho humano a la paz, sÃntesis de los derechos humanos, debe constituir la finalidad última de la educación.
La paz sugiere una forma concreta de concebir tanto la cultura como de organizar la sociedad. En este sentido, es necesario recordar que
cultura y sociedad son construcciones humanas indisociables, no pudiendo existir la una sin la otra. La cultura provee el conjunto de
significados y valores que permiten las relaciones de las personas en un contexto y en un tiempo histórico determinados, en el marco de una
organización (sociedad) que a su vez conforma el tejido o trama de esas interacciones, favoreciendo unos valores comunes y unos principios
compartidos para regular la convivencia. Es decir, cultura y sociedad, constituyen y forman parte de un mismo sistema. La Cultura de Paz es,
por tanto, una tarea colectiva. Y por extensión, su educación, debe definirse, por consiguiente, como el proceso global de la sociedad, a través
del cual las personas y los grupos sociales aprenden a desarrollar conscientemente en el interior de la comunidad nacional e internacional y en
beneficio de ellas, la totalidad de sus capacidades, actitudes y conocimientos para conseguir el pleno ejercicio de los derechos humanos.
La educación es, sin duda, uno de los instrumentos más valiosos para hacer prevalecer el derecho humano a la paz. Y esto porque “sin
educación no puede haber ni comprensión internacional, ni paz, ni solidaridad, ni desarrollo internacional. Todos estos conceptos son
3 De acuerdo con la Resolución 012 adoptada por la 28ª sesión de la Conferencia General de la UNESCO, la Cultura de Paz se caracteriza por ser: una cultura de la convivencia y de la
participación, fundada en los principios de libertad, justicia, democracia, tolerancia y solidaridad; una cultura que rechaza la violencia, se dedica a prevenir los conflictos en sus causas y a
resolver los problemas por el camino del diálogo y de la negociación; y, una cultura que asegura a todos los seres humanos el pleno ejercicio de sus derechos y los medios necesarios para
participar plenamente en el desarrollo endógeno de su sociedad.
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interdependientes y se condicionan recÃprocamente en su existencia. De aquà la necesidad capital de educar para la paz” (Gros Espiell, 1987).
Necesidad que está tácitamente expresada y desarrollada tanto en los instrumentos (declaraciones, convenciones, pactos...) que contienen los
principios básicos de reconocimiento de derecho como en aquellos otros textos que contienen las recomendaciones que, en el terreno de la
educación, promueven la protección, el conocimiento y la enseñanza de los derechos humanos (Tuvilla, 1998).
Toda persona tiene derecho a recibir una educación que promueva y construya la Cultura de Paz, asegurándole la adquisición de competencias
básicas que le permitan un desarrollo personal integral, ejercer una ciudadanÃa activa y responsable, incorporarse a la vida social de manera
satisfactoria y aprender a lo largo de toda la vida, de manera que contribuya a generar procesos sociales basados en la confianza, la
solidaridad, la justicia social y el respeto mutuo, facilite la solución pacÃfica de los conflictos y ayude a pensar de una forma nueva las
relaciones humanas.
2.3.2 Segundo requisito: Superar las tensiones que la Cultura de Paz impone a la educación.
Cultura de Paz y educación mantienen una interacción constante, porque si la primera es la que nutre, orienta, guÃa, marca metas y
horizontes educativos, la segunda es la que posibilita‐ desde su perspectiva ética‐ la construcción de modelos y significados culturales nuevos.
Si el derecho humano a la paz es un derecho sÃntesis, la cultura de paz por la misma razón es un concepto sÃntesis al sumar las aportaciones
culturales de todas las sociedades a favor del ejercicio de este derecho. La Cultura de Paz, resultado de un largo proceso de reflexión y de
acción no es un concepto abstracto, sino que fruto de una actividad prolongada a favor de la paz en distintos periodos históricos y en
diferentes contextos, constituye un elemento dinamizador, abierto a las constantes y creativas aportaciones que hagamos. La educación en
este proceso ocupa un importante papel pues gracias a la relación interactiva y sinérgica que mantiene con la Cultura de paz favorece el
desarrollo del resto de ámbitos donde esta se desarrolla y construye. Es a través precisamente de la educación que las sociedades alcanzan
mayores cotas de desarrollo humano, superan los prejuicios y estereotipos que segregan y separan a unos de otros, se establecen relaciones
basadas en la cooperación y la participación, se aprehende y comprende el mundo diverso y plural en el que vivimos, se desarrollan las
habilidades y capacidades necesarias para comunicarse libremente, se fomenta el respeto de los derechos humanos y se enseñan y aprenden
las estrategias para resolver los conflictos de manera pacÃfica. Esto conlleva un cambio en la pertinencia de la educación ofrecida por los
sistemas educativos actuales. Pertinencia, referida por un lado a su función socializadora en cuanto transmisora de los valores propios de la
sociedad y por otro a su capacidad de anticiparse al cambio satisfaciendo asà las necesidades sociales. A estas dos funciones (socialización y
anticipación al cambio) se le une, como han comprendido algunos reformadores, la función humanizadora o pacificadora. Si bien las dos
primeras atienden a las dimensiones tradicionales de la educación (organización escolar, proceso educativo, currÃculo y dimensión social), la
tercera función representa un nuevo paradigma para los sistemas educativos, pues se tratarÃa de planificar la educación de manera más
compleja atendiendo por un lado a la exigencia de un aprendizaje ciudadano permanente donde la transmisión de los conocimientos no es tan
importante como la construcción y difusión de los mismos; y, por otro lado, el establecimiento de una red entrelazada de momentos donde se
aprende dando respuesta a problemas de carácter más universal. La función liberadora o humanizadora exige, por consiguiente, la concepción
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de un modelo de educación abierto y plural, no restringido únicamente a los centros educativos. De ahà que la Cultura de paz represente para
los sistemas educativos contemporáneos un conjunto de tensiones:
a) La Cultura de Paz y No‐violencia exige pasar de un modelo de educación institucionalizada a un modelo de sociedad educativa y educadora.
El reconocimiento del derecho a la educación va paralelo al nacimiento de los sistemas educativos contemporáneos, es decir, unido a la
historia de los Estados modernos con sus incipientes sistemas de instrucción pública. El proyecto ilustrado de educar para alcanzar la
perfección humana solamente podÃa hacerse a través de la escuela, pues no existÃa otro instrumento o sistema más eficaz. Pero en la
actualidad, el escenario ha cambiado de manera incesante desde entonces de modo que los centros educativos no son los únicos espacios ni
de socialización ni de adquisición de conocimientos, puesto que existen diversos y más complejos medios para adquirir, circular y construir el
conocimiento. Los constantes y acelerados cambios producidos en los últimos años en todos los paÃses debido a fenómenos complejos, no
sólo en la esfera de las comunicaciones, sino en otros ámbitos sociales, culturales y polÃticos han motivado diferentes y matizadas reformas
educativas. Todas ellas respondiendo a nuevos factores en una época de transición que marcarÃa el paso de un periodo iniciado a partir de la
Ilustración (Estado docente) a otro periodo dominado por la llamada “sociedad educadora”.
b) La Cultura de paz promueve la concepción de centro docente como comunidad de aprendizaje.
La eficacia de los centros educativos constituye el centro de los debates actuales sobre educación. Dos criterios determinan, entre otros, tal
eficacia. Por un lado, los avances tecnológicos y la preponderancia del saber en un mundo globalizado, acompañado de nuevos desafÃos y
nuevas desigualdades sociales, exige la apertura de los centros educativos a la sociedad. Y por otro, los centros deben ser capaces de
organizarse de manera cada vez más democrática, obteniendo mejores resultados y mayores niveles de calidad.
La educación impartida en los centros docentes no está aislada del resto de moldeamientos educativos que la sociedad ofrece. Se precisa
pasar de un modelo centrado únicamente en la relación tradicional entre profesorado y alumnado en el espacio cerrado de las organizaciones
escolares, a un modelo abierto a la comunidad. Pasar de los centros educativos a las comunidades de aprendizaje o comunidades educadoras.
Esto representa dos retos: el primero de ellos referido al centro educativo como espacio comunitario para la realización de otras actividades
educativas complementarias organizadas, coordinadas o dirigidas por y para la comunidad; la inclusión en el currÃculo y en los proyectos
educativos de actividades en colaboración con la comunidad; o utilizando de manera sistemática los recursos que la comunidad ofrece al
centro. El segundo reto obedece a la exigencia de la propia construcción de la Cultura de Paz de diseñar proyectos educativos integrales,
participativos y permanentes basados en la actuación conjunta de todos los componentes de la comunidad educativa y de amplios sectores de
la sociedad.
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c) La Cultura de paz tensiona la organización escolar y el propio currÃculo.
Fomentar los valores universales compartidos y los comportamientos en que se basa la Cultura de paz es una finalidad educativa que
supone el aprendizaje de una ciudadanÃa capaz de manejar situaciones difÃciles e inciertas desde la autonomÃa y la responsabilidad individual.
Responsabilidad, por otro lado, unida al reconocimiento del valor del compromiso cÃvico, de la asociación con los demás para resolver los
problemas y trabajar por una comunidad justa, pacÃfica y democrática. Pero como sabemos esta finalidad es una quimera cuando las
sociedades no son capaces de satisfacer las necesidades básicas de sus ciudadanos. La Cultura de paz tensiona tanto a la educación como a la
sociedad al tratar de capacitar a los individuos para hacer elecciones y actuar no sólo en función de las condiciones sociales, económicas o
polÃticas del presente, sino en relación con la visión del futuro al que aspiran. Dicha tensión obliga no sólo a repensar la organización escolar
para alcanzar mayores niveles de participación democrática, sino que exige que estos mismos niveles estén presentes en la sociedad. Por otro
lado, durante mucho tiempo, la institución escolar, nacida bajo la inspiración de la Ilustración, se limitó casi exclusivamente a transmitir los
saberes cientÃficos o técnicos que los ciudadanos necesitaban para desempeñar las funciones demandadas por la sociedad. Esto supuso
considerar que el saber académico correcto tenÃa que proceder de los conocimientos cientÃficos, organizado a través de las diferentes materias
o disciplinas. Pero en la actualidad, los cambios que se están produciendo en el mundo del conocimiento y de la información, asà como en las
sociedades han dejado de alentar la ilusión de poseer verdades absolutas y una neutralidad indiscutible, cuestionadas por una visión holÃstica4
de la realidad que impuso un nuevo enfoque curricular que en las reformas educativas de los años 90 del siglo pasado marcadas por la
“transversalidad” y que en la actualidad se vertebra sobre las competencias clave o básicas que deben adquirir las personas para su
realización personal, el ejercicio de la ciudadanÃa activa, la incorporación a la vida adulta de manera satisfactoria y el desarrollo de un
aprendizaje permanente a lo largo de la vida. Es evidente que cualquier medida de polÃtica educativa orientada a la promoción de la Cultura de
Paz debe considerar las tensiones que dicha promoción genera tanto en la organización escolar como en el currÃculo, posibilitando que las
práctica educativas propicien la adquisición de competencias fundadas en los valores mÃnimos que inspira el derecho humano a la paz.
2.3.3 Tercer requisito: asumir la diversidad individual y cultural de quienes aprenden a lo largo de toda la vida.
Para conseguir este segundo requisito, los sistemas educativos y, en concreto, los centros educativos, han de conseguir el difÃcil equilibrio de
ofrecer una respuesta educativa, a la vez comprensiva y diversificada; proporcionando una cultura común a todo el alumnado que evite la
discriminación y desigualdad de oportunidades, y respetando, al mismo tiempo, tanto sus caracterÃsticas y necesidades individuales como sus
señas identitarias. Esto implica planificar la educación en sus distintos niveles de concreción de modo que los centros educativos sean
verdaderos lugares de inclusión, superando la mera integración del alumnado con necesidades educativas ya sea por discapacidad intelectual,
fÃsica, procedencia social o pertenencia cultural.
4 Interesante es la lectura de la obra que recoge las intervenciones del Coloquio de Tokio publicada con el tÃtulo La Mutation du Futur, ediciones Albin Michel, Paris, 1996.
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La educación inclusiva exige, por consiguiente, una educación basada en el respeto a las diferencias, inherentes al ser humano y presentes en
todo proceso de enseñanza‐aprendizaje, dado que todos los alumnos/ as tienen unas necesidades educativas individuales, propias y
especÃficas para poder acceder a las experiencias de aprendizaje necesarias para su socialización, cuya satisfacción requiere de una atención
pedagógica individualizada. O dicho de otro modo, parafraseando a Ainscow (2005), la mejora de la calidad educativa consiste en eliminar los
procesos de exclusión en la educación que son consecuencia de las actitudes y respuestas a la diversidad individual y cultural del alumnado
que, hasta ahora, se han dado. De modo que hay que superar la educación inclusiva como un enfoque para atender al alumnado con
necesidades educativas especiales dentro de entornos educativos generales, para llegar a modelos educativos que respondan a la diversidad
entre todos los estudiantes (UNESCO, 2001). En definitiva alcanzar el objetivo de una educación para todos.
Concebir la educación desde el paradigma de la Cultura de Paz requiere de polÃticas educacionales que consideren la diversidad como un factor
de calidad, y no como un problema. Han de superarse, por tanto, las respuestas educativas basadas en la teorÃa de déficit que confunden la
diversidad con la desigualdad, actúan con medidas especÃficas y clÃnicas con el alumnado diferente, y se basan en el principio de uniformidad u
homogeneización de la enseñanza. La educación inclusiva es, ante todo, una propuesta ‐fundada en el respeto a los derechos humanos‐ que
considera la diversidad como una oportunidad de enriquecimiento y aprendizaje, atendiendo al alumnado según sus capacidades y
necesidades especÃficas. Sus caracterÃsticas fundamentales (Ballard, 1997) son: no discrimina la discapacidad, la cultura y el género; implica a
todos los/ as alumnos/ as de una comunidad educativa sin ningún tipo de excepción; todos los estudiantes tienen el mismo derecho a acceder
a un currÃculum culturalmente valioso a tiempo completo como miembros de un aula acorde a su edad; y enfatiza la diversidad más que la
asimilación.
Esta concepción ampliada de educación inclusiva que defendemos debe inspirarse notablemente en los principios de la Declaración Universal
de UNESCO a la Diversidad Cultural (2001) al considerar que cada individuo debe reconocer no sólo la alteridad en todas sus formas sino
también el carácter plural de su propia identidad dentro de sociedades igualmente plurales. Lo que representa para los sistemas educativos
contemporáneos todo un desafÃo, capaz de humanizar la globalización y constituir un imperativo ético indisociable del respeto de la dignidad
de la persona.
2.3.4 Cuarto requisito: favorecer centros educativos seguros, pacÃficos e Inclusivos.
El carácter dinámico de la ciudadanÃa exige pasar de una ciudadanÃa como status (los derechos son otorgados) a una ciudadanÃa que se
conforma a través de un determinado proceso de construcción a través de su reconocimiento legal y jurÃdico. Es decir, una ciudadanÃa
inclusiva (Dahl, 1999) que se construye desde la autonomÃa de las personas y los grupos sociales, respetando, por un lado, la identidad cultural
de cada cual y, por otro, favoreciendo el sentimiento de pertenencia a una comunidad diversa y común a través de la adquisición de
competencias, iguales para todos, que permitan la comprensión de las reglas del juego democrático, los derechos y responsabilidades para con
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